Mar 03, 2021 04:39 UTC

ParsToday- "El asesinato del general mártir Qasem Soleimani desde la perspectiva del derecho internacional" es un programa de doce partes, basado en un estudio con mismo título elaborado por el Departamento de Investigaciones Aplicadas del Servicio Exterior de IRIB.

En el segundo episodio explicamos el conflicto entre el asesinato selectivo del general Soleimani con los principios y reglas del derecho internacional desde la perspectiva de su contrariedad con los principios de inmunidad, no intervención, soberanía de los Estados y la prohibición del uso de la fuerza. En el presente episodio estudiamos la contrariedad entre el asesinato del teniente general Soleimani desde la perspectiva de Derecho Internacional Humanitario (DIH). Como siempre nos pueden compartir sus puntos de vista sobre el programa a través del correo electrónico [email protected] o el número de teléfono +98-21-22162912. También pueden seguirnos en Instagram en la cuenta ParsTodaySpanish.
 
El Derecho Internacional Humanitario busca proteger la vida, la salud y la dignidad de las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades. El Derecho Internacional Humanitario defiende los derechos humanos básicos y los derechos de las víctimas de la guerra. Al respecto Dr. Ali Faqih Habibi, profesor iraní de derecho internacional cree que "el derecho internacional humanitario, por las mismas razones humanitarias, restringe el derecho de las partes del conflicto a elegir y utilizar los medios y métodos de combate. El derecho internacional humanitario protege a las personas y los objetos afectados por los conflictos y hostilidades".
 
EE.UU. aprovecha la idea de "asesinato selectivo " para justificar jurídicamente sus actos hostiles y terroristas como una excepción al principio de "prohibición del uso de la fuerza", un tema abusado y mal utilizado durante muchos años por el país norteño. Nils Melzer, un destacado abogado suizo, tilda de ilegal el asesinato selectivo y lo define así, "El asesinato selectivo es el uso de fuerza letal por parte de un encargado de cumplir derecho internacional(Estado) de forma intencional, planificado y deliberado para que elementos asesinos maten a una o unas personas (s) designadas que no están arrestadas. Además, según Gary Solis, profesor de derecho en la Universidad Militar de Nueva York, el asesinato selectivo es legítimo cuando hay un conflicto armado internacional o no internacional. Sin una hostilidad armada, el asesinato selectivo de ciudadanos se consideraría un asesinato político.
 
El régimen de Israel y el Gobierno estadounidense, como líderes del terrorismo de Estado en el mundo, creen que tienen derecho a asesinar a personas que, a su juicio, consideran amenazas para sus Gobiernos terroristas, siempre y cuando no pueden ser arrestadas. Según este punto de vista, varias personas han sido blanco de ataques y asesinadas por aviones no tripulados (drones), aviones o lanzamiento de cohetes disparados por helicópteros de Apache.
 
La investigadora de derecho internacional en Irán, Dra. Haleh Hoseini Akbar Neyad, destaca que "cualquier asesinato respaldado por un Estado que tiene lugar en el territorio de gobernación de otro Estado, debido a ser sujeto del principio de la prohibición del uso de la fuerza, establecido en el párrafo 4 del Artículo de la Carta de la ONU, debe ser justificable de conformidad con las excepciones establecidas en el derecho internacional.
 
Según el párrafo 4 del Artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas sus Estados miembros se deben abstener de toda amenaza o uso de la fuerza "contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. Lo que se llama el principio de prohibición de uso de fuerza y se considera una norma imperativa de derecho internacional general ("jus cogens"). Sin embargo, existen tres excepciones al respecto. A saber, el principio de legítima defensa de conformidad con el Artículo 51 de la Carta de la ONU, los esfuerzos del Consejo de Seguridad para restaurar la paz y la seguridad internacionales en virtud del Artículo 42 de la misma y el principio del consentimiento del Estado anfitrión para recurrir amenaza y fuerza dentro de su territorio.
 
Conforme a esta perspectiva, el asesinato selectivo, que no puede justificarse sobre la base de una de las excepciones establecidas en la Carta de la ONU y el derecho Internacional, se categoriza como la prohibición autorizada de la agresión. Los infractores de estas prohibiciones son responsables y pueden ser procesados ​​y castigados desde la perspectiva de derecho civil, legal y penal. Entonces, la prohibición de los asesinatos selectivos es un ejemplo de la "prohibición de recurrir a la fuerza" en el derecho internacional.
 
A juicio de patrocinadores del asesinato selectivo, recurrir a este acto tiene raíz en el derecho inherente a la legítima defensa y se conoce como una excepción al principio de "prohibición del uso de la fuerza". El Gobierno terrorista estadounidense justifica el asesinato del teniente general Qasem Soleimani, comandante de la Fuerza Quds, del Cuerpo de Guardianes de la Revolución Islámica (CGRI) de Irán y Abu Mahdi al-Muhandis, el subcomandante de las fuerzas iraquíes Unidades de Movilización Popular (Al-Hashad Al-Shabi, en árabe) como asesinatos selectivos definidos en la sección de las excepciones de la "prohibición del uso de la fuerza" en la Carta de la ONU. Para investigar jurídicamente esta alegación vergonzosa de EE.UU. estudiamos el asesinato del general Soleimani desde la perspectiva del principio de "consentimiento del gobierno iraquí" -que lo abordamos en el presente programa- y el principio de "legítima defensa" -que lo trataremos en el próximo episodio. Cabe mencionar que la fuerza militar de Al-Hashad Al-Shabi de Irak está calificada como una fuerza militar completamente legal y oficial. Para conocer la naturaleza jurídica de Al-Hashad Al-Shabi en la estructura interina de Irak, podemos mencionar la ley de Al-Hashad Al-Shabi aprobada en el noviembre de 2016 en el Parlamento del país árabe. Según esta aprobación este movimiento popular iraquí es una organización supervisada por el premier iraquí, como comandante en jefe de la Fuerzas Armadas, de conformidad con el párrafo I del artículo 61 y párrafo III del artículo 73 de la Constitución iraquí.
 
Según el Artículo 1 del Convenio de Aviación Civil Internacional, conocido como Convenio de Chicago, se reconoce que todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio. Además, según el Artículo 2 del mismo se considera como territorio de un Estado las áreas terrestres y aguas adyacentes a ellas que se encuentren bajo la soberanía, dominio, protección o mandato de dicho Estado. El Convenio de Chicago también estipula que los aviones no tripulados no pueden sobrevolar el territorio de un Estado a menos que tengan autorización concreta. Por lo tanto, la operación de las aeronaves no tripuladas en el ámbito de la soberanía de los Estados debe basarse en el consentimiento de esos países o en el marco de recurrir legítima defensa.
 
Lo obvio es que el ataque con drones contra el convoy del general Soleimani y sus compañeros en el aeropuerto de Bagdad, capital iraquí, violó el principio del consentimiento del Gobierno iraquí y la soberanía iraquí. Tras el asesinato del general Soleimani y compañeros, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Irak mediante su representante en Nueva York ha entregado dos cartas de protesta al presidente del Consejo de Seguridad y al secretario general de la Organización de las Naciones Unidas. La Cancillería iraquí ha entregado estas dos cartas a las autoridades internacionales sobre los ataques y agresiones de Washington contra posiciones militares iraquíes y el asesinato de los comandantes militares y un alto funcionario en el territorio iraquí.
 
En sus cartas a la ONU, Bagdad reiteró que el asesinato del general Soleimani y sus compañeros por EE.UU. en territorio iraquí fue una "grave violación" de su soberanía que contradijo los términos de la presencia militar estadounidense en Irak. La Cancillería del país árabe instó al Consejo de Seguridad de la ONU a condenar la invasión estadounidense a Irak y el asesinato de comandantes militares en suelo iraquí. Además, el Ministerio iraquí convocó a Matthew Tueller, el embajador de Estados Unidos en Bagdad para denunciar el asesinato del comandante mártir Soleimani, como una violación de la soberanía iraquí.
 
Dos días después, el Parlamento iraquí también aprobó una resolución pidiendo al Gobierno poner fin a la presencia de las fuerzas de EE.UU. en este país, recordando la violación de los términos del acuerdo de seguridad suscrito entre Estados Unidos e Irak, así como los actos agresivos e ilegítimos de Washington. A juicio de Parlamento de Irak, las medidas norteamericanas condujeron a las violaciones del derecho internacional, los derechos humanos y los derechos de los tratados.
 
Estimados oyentes, ya hemos llegado al final de esta parte del programa, en el próximo programa abordamos la contrariedad del asesinato del general Soleimani con el principio jurídico de la defensa legítima.
 
P/FSH/NL 

 

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