El Tribunal Constitucional cierra todas las vías para investir a Puigdemont
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El Tribunal Constitucional impidió este sábado que Carles Puigdemont pueda ser investido de forma telemática, o por sustitución de otro parlamentario o tras una aparición sorpresa en el Parlament.
(last modified 2019-02-14T13:38:19+00:00 )
Ene 28, 2018 01:39 UTC
  • El Tribunal Constitucional cierra todas las vías para investir a Puigdemont

El Tribunal Constitucional impidió este sábado que Carles Puigdemont pueda ser investido de forma telemática, o por sustitución de otro parlamentario o tras una aparición sorpresa en el Parlament.

Tras varias horas de deliberación, los magistrados acordaron por unanimidad cerrar todas las vías a la investidura que no sean la única aceptable: que se presente ante la Justicia y que obtenga una improbable autorización para presentarse en la Cámara, informó el Mundo.

El Constitucional acuerda «la suspensión cautelar «de cualquier sesión de investidura» que no sea «presencial» y que no cumpla las siguientes condiciones: «No podrá celebrarse el debate y la votación de investidura del diputado don Carles Puigdemont i Casamajó como candidato a Presidente de la Generalidad a través de medios telemáticos ni por sustitución por otro parlamentario».

De la misma forma, «no podrá procederse a la investidura del candidato sin la pertinente autorización judicial, aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión». Es decir, que no puede procederse a votar su investidura si el candidato se presenta en la Cámara tras sortear a las Fuerzas de Seguridad.

El tribunal declara «radicalmente nulo y sin valor y efecto alguno cualquier acto, resolución, acuerdo o vía de hecho que contravenga las medidas cautelares adoptadas en la presente resolución».

Tal y como pedía el recurso de la Abogacía del Estado, se ordena notificar la resolución «personalmente» al presidente de la Cámara, Roger Torrent, y al resto de los miembros de la Mesa, de quienes dependen las decisiones clave sobre la investidura.

El tribunal les recuerda «su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir las medidas cautelares adoptadas». En particular les indica que deben mantenerse «de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura de don Carles Puigdemont i Casamajó como candidato a la presidencia de la Generalidad que no respete las medidas cautelares adoptadas en la presente resolución».

A todos les advierte de las «eventuales responsabilidades, incluida la penal», en las que incurrirían si no obedecieran al TC. Ignorar la orden de no celebrar el Pleno supondría un delito de desobediencia, penado sólo con inhabilitación. Sin embargo, el delito podría conectarse con la investigación del 1-O por rebelión, lo que haría mucho más peligrosa la imputación.