Dic 21, 2019 08:52 UTC
  • El Parlamento Europeo permite la acreditación a Puigdemont y Comín

Apenas 24 horas después de conocer el fallo del Tribunal de Justicia de la UE sobre el caso Junqueras, el Parlamento Europeo permitió el viernes a Carles Puigdemont y Toni Comín arrancar los trámites para lograr su acreditación como eurodiputados.

"Hoy han podido entrar y empezar las gestiones. La acreditación definitiva se finiquitará después de Navidades, informan fuentes parlamentarias", informó el vieres el diario El País.
 
El jueves, el presidente de la Eurocámara, David Sassoli, encargó a sus servicios jurídicos un informe para que evaluaran "lo antes posible los efectos de aplicación de la sentencia sobre la composición del Parlamento". Esto es, qué efectos debía tener tanto sobre el propio Junqueras como sobre quienes fueron proclamados en junio por la Junta Electoral Central española pero nunca tomaron posesión, al no haber acatado la Constitución en Madrid, como Puigdemont y Comín. Pero mientras ese documento llega, la cámara ha permitido lo que a principios de junio denegó: la acreditación provisional.
 
El Parlamento Europeo estará cerrado desde hoy mismo por la tarde hasta principios de enero. Puigdemont y Comín, conscientes de lo favorable del momento, no querían dejar correr el tiempo y deseaban poder tener hoy mismo su acta. "No hay que malgastar ni un minuto. Deberíamos llevar seis meses en el Parlamento Europeo. Nuestros ciudadanos no han tenido voto en decisiones importantes", dijo ayer el ex presidente, señalando que el cuanto le llamaran acudiría a las instalaciones de Bruselas.
 
La solución que se barajaba desde jueves es una fórmula intermedia. No el proceso entero, que requiere algo más de tiempo y papeleo, pero al menos algo simbólico. En los días posteriores a las elecciones, e incluso si no hay resultados oficiales, el Parlamento organiza siempre una serie de jornadas de bienvenida, en las que enseña las instalaciones a los futuros diputados, les da un pase de acceso provisional y activa el correo electrónico. Algo en esa línea es la fórmula adoptada, pues permitiría a ambos presentarse ya como eurodiputados.
 
En verano, ambos estuvieron a punto de obtenerlas, pero una petición de PSOE, Ciudadanos y PP, con los servicios de la secretaría general de la institución, lo frenaron en el último momento, llevando a que todas las acreditaciones temporales de los diputados españoles se interrumpieran hasta que llegara la lista oficial de la Junta Electoral.
 
Sobre la cuestión, este mismo viernes el Tribunal de Justicia de la UE ha dado un paso más. El pasado 1 de julio, tras una deliberación de urgencia, el Tribunal General denegó a Puigdemont y Comín las medidas provisionales que habían solicitado y que les hubiera permitido acreditarse a la espera del fallo final sobre su situación.
 
Entonces, el presidente del Tribunal estimó en su decisión de urgencia que dado que según la legislación aplicable los demandantes no habían sido declarados todavía diputados, no podían prosperar sus alegaciones. Y que la cuestión de si tenían que haber jurado o prometido el acatamiento o no de la Constitución, "ha de ser resuelta por las autoridades nacionales".
 
Viernes, sin embargo, el TJUE ha anulado esa decisión del 1 de julio del Tribunal General y le ha devuelto la pelota para que lo reexamine a raíz de la sentencia, que interpreta en sentido contrario cuándo alguien es diputado. En esa decisión de urgencia mencionada, el 1 de julio, el presidente del Tribunal General, el luxemburgués Marc Jaeger, sostuvo que "dado que es indiscutible que los nombres de los demandantes no estaban incluidos en la lista remitida por las autoridades españolas al Parlamento el 17 de junio de 2019, debe estimarse que, a primera vista, los demandantes no habían sido declarados oficialmente electos". Pero desde la sentencia de ayer la interpretación del TJUE es que un candidato es diputado simplemente desde el momento de la proclamación de resultados. Y por eso hoy el TJUE ha ordenado al tribunal general que "reexamine" la petición de los dos líderes catalanes para ver si tienen derecho o no a medidas cautelares que les permitan acceder al escaño hasta la resolución de su caso.
 
La conclusión del Tribunal de Justicia es que el Tribunal General se equivocó y no examinó "el requisito de la urgencia ni ponderó los intereses en presencia" y que el auto impugnado "se dictó sin consultar previamente al respecto al Parlamento Europeo" Por todo ello, el Tribunal de Justicia no dispone de los elementos necesarios y no puede pronunciarse sobre la demanda de medidas provisionales y "por consiguiente, el asunto ha de ser devuelto al Tribunal General para que examine de nuevo dicha demanda".
 
En la decisión de viernes, la vicepresidenta del Tribunal de Justicia, curiosamente la española Rosario Silva de Lapuerta, se pronuncia también sobre el asunto más delicado a partir de ahora: la exigencia de que los candidatos electos españoles juren o prometan acatar la Constitución en el plazo de los cinco días siguientes a su proclamación. En su valoración, la vicepresidenta señala que "al estar regida la elección de los miembros del Parlamento Europeo por el principio del sufragio universal, directo, libre y secreto, no cabe descartar, a primera vista, que el acto que pone fin al proceso electoral sea el que contiene los resultados del escrutinio de los votos de los electores", y por tanto, "que el cumplimiento de cualquier formalidad ulterior impuesta por el Derecho nacional no forme parte de dicho proceso electoral",
 
Pero como el tema es muy delicado, la propia magistrada opta por dejar la cuestión para más adelante. "Determinar si el juramento o acatamiento de la Constitución forma parte del proceso electoral de los miembros del Parlamento Europeo es una cuestión de Derecho cuya respuesta no salta a la vista, sino que debe ser objeto de un examen en profundidad, que no puede ser hecho por el juez de medidas provisionales", afirma, emplazando la decisión final a la causa general que Puigdemont y Comín tienen abierta en Luxemburgo.
 
El jueves por la noche, ya dando pasos también en la misma dirección, la Eurocámara había decidido revocar la prohibición que pesaba sobre Puigdemont y Comín de acceder a las instalaciones, sobre la base de que ambos tienen una Euroorden activa. Es un criterio que impulsó la pasada legislatura el presidente Antonio Tajani, argumentando que dado que el Parlamento Europeo es territorio 'soberano' y ni la policía belga puede acceder sin autorización expresa, había dudas legales sobre el estatus de quien es reclamado por la Justicia y además no puede dejar Bélgica por orden el juez local. Así que para curarse en salud, impedía su entrada.
 
Hasta jueves, cuando levantaron esa medida tras la sentencia del Tribunal de Luxemburgo, y en lo que todo el mundo interpretó como paso previo para la acreditación.

N/FSH/C

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