Mar 11, 2016 11:01 UTC

En este programa se mencionan los intentos de los países islámicos para establecer la declaración islámica de los derechos humanos.

Estimados oyentes en el programa anterior dijimos que después de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en diferentes continentes del mundo, se realizaron diferentes movimientos para elevar el ejercicio de los derechos humanos. Los países regionales aprobaron diferentes acuerdos sobre derechos humanos en un intento de establecer, al mínimo, los principios de la declaración de los derechos humanos a nivel regional. Sin embargo, los países islámicos, al considerar que el contenido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se basa en los principios occidentales, tuvieron reacciones diferentes. Un grupo, aduciendo la diferencia de algunos principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos con las bases islámicas, no la adoptó absolutamente. En cambios, otros países islámicos implementaron la Declaración Universal y las convenciones de derechos humanos occidentales. No obstante, un tercer grupo estaba formado por los países que por sí mismo organizaron y redactaron las normas de los derechos aceptados en el Islam y las presentaron como los derechos humanos islámicos en el sistema internacional.

El historial de los derechos humanos en el Islam, desde el aspecto de la creación de las normas y órdenes que se relacionan con la persona, se remonta al periodo de la formación y creación del Islam. Por lo tanto, el Islam no considera los derechos humanos como una nueva discusión ya que este tema se debatió hace 14 siglos en la era del Profeta del Islam, el Hazrat Mohamad (p). La fecha de la creación del complejo de los derechos islámicos se relaciona con la de la inspiración de las aleyas del Corán y los dichos del Profeta, su pauta práctica y su confirmación de aquel Hazrat, aunque no tuvo un margen determinado bajo el título de normas de los derechos humanos. Aunque estos derechos y normas no fueron redactados como un capítulo determinado o un complejo en el margen de la fórmula actual, el Islam casi 14 años antes ya había planeado los amplios conceptos políticos, económicos y sociales sobre los derechos humanos y establecido un balance entre los intereses y el mantenimiento de los derechos principales tanto individuales como grupales que incluían multas y castigos.

Así, según este historial, la existencia de principios y normas en relación con los derechos humanos en el Islam es un tema antiguo y no es un asunto que ha estallado en los recientes siglos, pero el único asunto que hasta las décadas finales del reciente siglo no se había atendido en el marco de las bases islámicas fue la redacción de los derechos humanos en la forma de hoy en coincidencia con el modelo de la legislación del mundo actual. Desde la segunda mitad del siglo XX, en los círculos científicos, algunos grupos islámicos de diferentes países plantearon discusiones para la redacción los derechos humanos islámicos y, en este sentido, se celebraron seminarios y conferencias concernientes a los derechos humanos islámicos. Ahora, sobre este asunto vamos a hablar el resto del programa.

El Consejo Islámico de Europa, una organización con sede en Londres afiliada a la Liga Musulmana Mundial, aprobó en 1980 la Declaración Islámica Universal de los Derechos Humanos, que incluye los puntos de vista del mundo del Islam. En el prólogo de esta declaración se ha referido al orden divino del mundo de la creación incluido los seres humanos por parte de Dios y considera al ser humano como sucesor de Dios en la Tierra. En el prólogo de este documento islámico se menciona la igualdad de las personas como principio básico del valor humano y se rechaza las ventajas en base a la raza, lengua y etnia. Considerando la aleya 13 de sura Hoyarat que dice:

¡Hombres! Os hemos creado de un varón y de una hembra y hemos hecho de vosotros pueblos y tribus, para que os conozcáis unos a otros. Para Alá, el más noble de entre vosotros es el que más Le teme. Alá es omnisciente, está bien informado.

En este prólogo se concluye que el Islam ha dado a los hombres derechos determinados y libertades como: de credo, de expresión, de pensamiento, de propietario legal y de dignidad humana, y añade que, en el sistema islámico, los miembros de la comunidad tienen deberes y están obligados a establecer un orden mundial islámico en base a la justicia. Porque Dios, con el objetivo de establecer la justica entre la gente, envió a sus profetas e inspiró su Escritura celestial.

En esta declaración se especifica que la ley divina es la única ley que legaliza los gobiernos que, a su vez, son responsables de la realización de la justicia en todos terrenos de la vida y del fortalecimiento de la unidad de las naciones, el mantenimiento de la integridad, de la acción hacia el crecimiento y el desarrollo de las naciones.

La expresión de la crisis de la civilización contemporánea, en especial, el fracaso del capitalismo y el comunismo y las escuelas laicas, refrenda que el sistema islámico es el marco político, económico, educativo, social y militar, de la solidaridad Islámica entre el gobierno y la nación; además, la creación un gobierno único islámico y la unidad del mundo musulmán son otros asuntos que se mencionan en este documento.

Otro documento, es la segunda Declaración de los Derechos Humanos que el Consejo Islámico de Europa aprobó en el año 1981 en base a los puntos de vista del Islam en el terreno de los derechos humanos. Esta declaración fue anunciada oficialmente el 19 de septiembre de 1981 en la cumbre de la UNESCO en París. Este documento, que plante claramente los derechos humanos desde el punto de vista del Islam, incluye un prólogo explicativo de la secretaría general del Consejo Islámico de Europa y después en 12 cláusulas explica los puntos de vista islámicos sobre derechos humanos en la comunidad ideal islámica. Esta declaración, en gran parte, tiene el estilo y los instrumentos de otras declaraciones de derechos humanos conocidos por la humanidad y desde la perspectiva de 23 artículos, establece cada artículo sobre un asunto de los derechos humanos.

Desde los días 9 al 14 de diciembre de 1980 se celebró una conferencia en Kuwait, convocada por la Comisión Internacional de Jurisprudentes de la Universidad de Kuwait y la Unión de Abogados Árabe, sobre los derechos humanos en el Islam. Al final de sus sesiones se publicó el resultado de las discusiones, propuestas e ideas de los participantes en un comunicado bajo el título "Resultados y Recomendaciones de la Conferencia de Kuwait". La declaración de la Conferencia de Kuwait (1980), de hecho, se divide en dos partes. La primera, estudia el resumen y las conclusiones y las propuestas de los participantes. En la segunda, bajo el título "Recomendaciones", la conferencia de Kuwait presenta recomendaciones sobre derechos humanos a los gobiernos islámicos para que los utilicen de forma práctica en su legislación.

Estas recomendaciones en el terreno de los derechos económicos, sociales, culturales, derechos de las minorías, derechos civiles y políticos, derechos y la posición de las mujeres fueron planteadas en un complejo de de 51 partes. En estas clausulas, las recomendaciones se basan en la universalidad del Islam y la ley islámica, el reconocimiento de la independencia, los derechos de las mujeres a la propiedad, el derecho a la libertad de opinión, el principio de presunción de inocencia, la prohibición de la tortura, el derecho a la defensa y a un abogado, el número limitado de delitos por los que la pena de muerte y los derechos de las minorías, el reconocimiento de la libertad de expresión en el marco de la ley islámica, la libertad de reunión y asociación, la abolición de los tribunales especiales y excepcionales, el castigo para los delitos políticos.... Todo esto se recomienda se incluyan en sus leyes y se garantice su aplicación.

Por parte de la Organización de la Conferencia Islámica se han emitido tres declaraciones relacionada con los derechos humanos. La primera, llamada "Declaración de los derechos y deberes humanos fundamentales en el Islam" fu publicada en 1979 en La Meca (Arabia Saudí). La segunda, llamada "Documento en relación con los derechos humanos en el Islam" fue publicada en 1981 en la ciudad de Taif, en Arabia Saudí. La tercera, bajo el nombre Declaración de El Cairo sobre Derechos Humanos en el Islam fue promulgada en 1990, en la XIX Conferencia de ministros de Asuntos Exteriores de la Organización de la Conferencia Islámica (OCI) en El Cairo, Egipto, y se considera la más reciente y tal vez, la declaración de la mayoría oficial islámica sobre derechos humanos.

La Declaración de El Cairo, en el terreno de los derechos humanos, ha sido planteada por expertos en asuntos teológicos y legales de la Organización de la Conferencia Islámica. El último anteproyecto de dicha declaración fue desarrollado entre el 26 y el 28 de diciembre de 1989 en Teherán. La aprobación definitiva de este anteproyecto tuvo lugar en El Cairo durante la XIX Cumbre de ministros de Asuntos Exteriores de los países islámicos miembros de la Organización de la Conferencia Islámica.

Dicha cumbre se celebró desde el 31 de julio hasta 5 de agosto de 1990 en El Cairo, la capital de Egipto, y tras algunos cambios y reformas, el anteproyecto de Teherán se aprobó según la declaración número P-49/19. Esta declaración sirve de guía general para los gobiernos miembros en el terreno de los derechos humanos según el Islam.

La Declaración de El Cairo, de 1990, incluye un prólogo y 25 artículos que, al igual que la Declaración Universal de Derechos Humanos, señala que para garantizar el honor y la dignidad natural de los hombres se deben respetar algunos derechos. La Declaración de El Cairo sobre derechos humanos islámicos, de hecho, es un esfuerzo para mostrar la identidad islámica a nivel universal y presentar los puntos de vistas del Islam sobre los derechos que gozan los seres humanos y que los gobiernos han de garantizar.